El Poder Ejecutivo publicó recientemente el Decreto Nº 44/026, que introduce una nueva regulación sobre tiempos de espera dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).
La norma establece un marco regulatorio destinado a garantizar el acceso oportuno a determinadas prestaciones de salud, mediante la fijación de plazos máximos de atención, obligaciones de registro y mecanismos de control administrativo.
Desde Rueda Abadi Pereira (RAP) iniciamos una serie de publicaciones destinadas a analizar algunos de los principales aspectos jurídicos de esta normativa.
La serie fue elaborada por nuestro socio Dr. Rafael García Martínez, especialista en derecho sanitario y coautor de obras jurídicas sobre el Sistema Nacional Integrado de Salud.
Entre los aspectos más relevantes del nuevo decreto pueden destacarse, preliminarmente, los siguientes:
- Creación de un sistema regulatorio de tiempos máximos de espera
El decreto establece un marco normativo destinado a asegurar que determinadas prestaciones de salud se realicen dentro de plazos máximos definidos. - Definición de categorías de prestaciones alcanzadas por el sistema
La norma delimita las prestaciones comprendidas en el régimen de control de tiempos de espera dentro del SNIS. - Obligaciones organizativas para los prestadores de salud
Las instituciones deberán adoptar mecanismos de gestión que permitan cumplir los plazos establecidos por la regulación. - Sistema de registro y monitoreo de los tiempos de espera
Se establecen obligaciones de registro de información que permitirán evaluar el funcionamiento del sistema. - Refuerzo del control administrativo del sistema de salud
El decreto prevé mecanismos de supervisión orientados a verificar el cumplimiento de los tiempos de espera por parte de los prestadores.
En las próximas publicaciones analizaremos en mayor detalle algunos de estos aspectos.
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