5 claves del Decreto Nº 44/026 sobre tiempos de espera en el Sistema Nacional Integrado de Salud

El Poder Ejecutivo publicó recientemente el Decreto Nº 44/026, que introduce una nueva regulación sobre tiempos de espera dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).

La norma establece un marco regulatorio destinado a garantizar el acceso oportuno a determinadas prestaciones de salud, mediante la fijación de plazos máximos de atención, obligaciones de registro y mecanismos de control administrativo.

Desde Rueda Abadi Pereira (RAP) iniciamos una serie de publicaciones destinadas a analizar algunos de los principales aspectos jurídicos de esta normativa.

La serie fue elaborada por nuestro socio Dr. Rafael García Martínez, especialista en derecho sanitario y coautor de obras jurídicas sobre el Sistema Nacional Integrado de Salud.

Entre los aspectos más relevantes del nuevo decreto pueden destacarse, preliminarmente, los siguientes:

  1. Creación de un sistema regulatorio de tiempos máximos de espera
    El decreto establece un marco normativo destinado a asegurar que determinadas prestaciones de salud se realicen dentro de plazos máximos definidos.
  2. Definición de categorías de prestaciones alcanzadas por el sistema
    La norma delimita las prestaciones comprendidas en el régimen de control de tiempos de espera dentro del SNIS.
  3. Obligaciones organizativas para los prestadores de salud
    Las instituciones deberán adoptar mecanismos de gestión que permitan cumplir los plazos establecidos por la regulación.
  4. Sistema de registro y monitoreo de los tiempos de espera
    Se establecen obligaciones de registro de información que permitirán evaluar el funcionamiento del sistema.
  5. Refuerzo del control administrativo del sistema de salud
    El decreto prevé mecanismos de supervisión orientados a verificar el cumplimiento de los tiempos de espera por parte de los prestadores.

En las próximas publicaciones analizaremos en mayor detalle algunos de estos aspectos.

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